DECRETO: MODIFICACIÓN CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE PARA EL EJERCICIO 2020 (COVID 19).
PUBLICACIÓN EN EL BOP
RESULTANDO ser muy conveniente, por parte del Ayuntamiento, el fijar con la suficiente antelación los plazos de cobranza que en período voluntario se van a otorgar a los contribuyentes para el pago de los tributos, precios públicos e ingresos patrimoniales cuyo cobro se exija mediante padrón de forma periódica, ya que, por una parte, obliga a la propia Administración a cumplir unos determinados plazos en los cuales deben estar confeccionados los expedientes y tramitados de forma completa, incluyendo su aprobación, remisión y publicación en el B.O.P., en los casos en los que sea preciso, y, por otra parte, aporta una garantía a los contribuyentes, que conocen en todo momento y con suficiente antelación, en qué momento van a tener que hacer frente a los pagos de tributos y exacciones que se les exijan desde el Ayuntamiento.
RESULTANDO que el establecimiento de este calendario supone, además, una estimación de los flujos de cobros que los mismos van a producir, -a calcular según las domiciliaciones existentes en cada padrón, el importe del mismo y los ingresos de ejercicios anteriores por dichos conceptos-, que posibilitaría parcialmente la confección de un Presupuesto de Tesorería con el fin de ajustar al máximo las entradas y salidas (flujos) de cobros y pagos del Ayuntamiento.
RESULTANDO que con el calendario fiscal se incide en la distribución temporal de los ingresos, regulando los flujos de entrada, al tiempo de diluir la presión fiscal a lo largo del ejercicio.
VISTO el Informe de la Tesorería Municipal de fecha 17 de enero de 2020.
CONSIDERANDO que esta Alcaldía es el órgano municipal competente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 21.1. s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Esta Alcaldía, en el ejercicio de sus competencias legalmente atribuidas, tiene a bien dictar la siguiente RESOLUCIÓN:
1º.- Aprobar el CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE PARA EL EJERCICIO 2020, que a continuación se adjunta:
RECIBOS POR PADRON NOTIFICADOS DE FORMA COLECTIVA
Del 02/03/2020 al 06/05/2020 --> Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Del 01/10/2020 al 04/12/2020 --> Impuesto sobre Actividades Económicas
Del 01/09/2020 al 13/11/2020 --> Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Urbana y Rústica). 100% de la cuota.
El 15/05/2020--> Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Urbana) 50% de la cuota.
El 05/10/2020 --> Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Urbana) 45% de la cuota.
Del 31-01-2020 al 02-04-2020
TASAS POR SUMINISTRO DE AGUA, RECOGIDA BASURA Y ALCANTARILLADO (4º TRIMESTRE 2019)
Del 24-04-2020 al 25-06-2020
TASAS POR SUMINISTRO DE AGUA, RECOGIDA BASURA Y ALCANTARILLADO (1º TRIMESTRE 2020)
Del 22-07-2020 al 24-09-2020
TASAS POR SUMINISTRO DE AGUA, RECOGIDA BASURA Y ALCANTARILLADO (2º TRIMESTRE 2020)
Del 22-10-2020 al 23-12-2020
TASAS POR SUMINISTRO DE AGUA, RECOGIDA BASURA Y ALCANTARILLADO (3º TRIMESTRE 2020)
Del 14-10-2020 al 17-12-2020
TASAS POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVES DE ACERAS (VADOS CON PLACA)(AÑO 2020)
Se está tramitando el expediente, por lo que no se puede prever una fecha
TASAS POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE ACERAS (VADOS SIN PLACA)(AÑO 2020)
2º.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, para su difusión y general conocimiento, siendo susceptible el mismo de impugnación en vía contencioso administrativa por quienes sean titulares de derechos o intereses legítimos, sin que la interposición del recurso interrumpa su aplicación, así como acordar que se dé la máxima publicidad a dicho Calendario.
3º.- Reservar a esta Alcaldía-Presidencia la facultad de modificar el presente calendario cuando motivos de índole técnica, debidamente justificados, impidan la gestión de los recursos económicos indicados en las fechas señaladas, informando de tal circunstancia a los ciudadanos con la suficiente antelación.